¿FRAUDE ELECTORAL O INJUSTICIA?
HERNAN BAQUERO BRACHO
Hoy La Guajira está inmersa en ese maremagno de la política, que ha trascendido a lo nacional, donde los de la otra orilla han tratado de culpar a los dirigentes de la Nueva Guajira sobre aquellos acontecimientos y hechos que han llamado la atención de la opinión publica tanto local como nacional, desconociéndose deliberadamente las verdaderas razones y génesis de la problemática, así como de los nombres de aquellas personas que por una u otra razón consideran tener motivos suficientes para plantear sus quejas en la capital del país.
Es así como en las redes sociales le han tirado piedras hasta al ex gobernador Hernando Deluque Freyle como consecuencia de la anulación de su elección para el periodo 2001-2003, a través de un fallo de la Sección quinta del Consejo de Estado, de fecha 20 de marzo del año 2003.
Retrotrayendo todo ese proceso al tiempo presente y dada la proterva intención de distorsionar la realidad, en torno a lo acaecido en cuanto respecta a esa decisión del Consejo de Estado, es bueno hacer las precisiones y aclaraciones del caso, porque allí lo que se presentó, contrariando la democracia guajira, fue una injusticia por parte de dicha Corporación, tal como lo expresara también el ex registrador nacional Humberto de La Calle Lombana, en una entrevista para Juan Gossain en RCN radio, en el mes de mayo de 2003, junto al gobernador de la época Hernando Deluque Freyle: “tal sentencia plagada de errores constituía una alarma ante la proximidad de decisión de la demanda de senadores electos”.
Al hablarse de fraude en las redes sociales y algunos medios de comunicación, en un proceso electoral, necesariamente estamos refiriéndonos a conductas dolosas y penales, obviamente imputables a una persona, hecho que jamás ocurrió en las elecciones que se celebraron en el departamento de La Guajira, en octubre del año 2000, para la escogencia de gobernador, alcaldes, diputados y concejales, proceso en el cual participaron por ende cientos de aspirantes, sin que en la sentencia se le hubiere hecho imputación a persona alguna.
Según lo expresado por el ex gobernador Hernando Deluque Freyle, en nota pública en fecha 23 de octubre de 2013: “el hecho de que se hubiesen presentado errores de parte de los jurados de votación, en el diligenciamiento de los formularios electorales”, según las expresiones utilizadas por el propio Magistrado ponente de la sentencia, doctor Álvaro González Murcia, no indica ni informa que el entonces candidato a la gobernación Hernando Deluque, hubiese cometido fraude alguno; y si de fraude se tratase, mal podríamos imputárselo a uno de los cientos de participantes en la contienda electoral.
Escuchando la grabación del programa noticioso que lideraba el prestigioso periodista Juan Gossain en RCN radio, al que ya nos referimos, que circula en las redes sociales, este lee apartes de la comunicación enviada por el magistrado ponente, Álvaro González Murcia, a los honorables Consejeros de Estado de la Sección Primera, respondiendo la tutela interpuesta por Hernando Deluque Freyle, así:“… pero ha de tenerse en cuenta que en esa tarea del análisis de los medio de convicción, quizás puedan darse errores que tienen su explicación especialmente en esta clase de procesos en los que hay dificultad para detección de los cargos formulados por los actores y, en este caso, la forma confusa como se plantearon, el gran volumen de pruebas, (80 cuadernos de 500 folios en promedio cada uno), incongruencias de la información al expediente allegada pues hubo casos de duplicidad de un mismo documento pero de contenido diferente que fácilmente habrían podido inducir a equivocaciones; así mismo la falta de ayuda sistematizada que obligaron a la verificación manual y todo esto obviamente, humanamente, puede llevar a que la apreciación en conjunto de la prueba sea más difícil que en cualquiera otra clase de procesos por la probabilidad más inmediata de error humano involuntario”.
Más adelante el mismo Juan Gossain, ponía el dedo en la llaga sobre los errores cometidos de manera involuntaria en la sentencia emitida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que le arrebató la gobernación a Nando Deluque, al expresar, leyendo el documento enviado por el magistrado ponente González Murcia: “para poder llegar a esta conclusión en uno y otro sentido, necesariamente hubo que valorar, apreciar y examinar las pruebas allegadas al proceso pues no de otra manera podía tomarse la decisión. Ahora, que en esa ardua tarea dado el sistema utilizado y en general lo dicho atrás, se hayan presentado algunos errores, esto, como se anotó puede ser humanamente explicable y justificable sin que quiera ello significar, como atrevidamente lo señala el accionante, que se haya presentado una omisión voluntaria y caprichosa”.
Alude en esa misma entrevista el periodista Juan Gossain, que quedó grabada en la historia de la radio y de la democracia mal herida por el caso en mención, al reconocimiento que otro de los tres magistrados hace de los errores cometidos en los siguientes términos: “De manera que contra lo dispuesto en la sentencia, las 25 mesas señaladas nunca debieron ser excluidas del nuevo escrutinio que habrá de practicarse. El estudio del asunto y la sentencia expedida lo fueron sobre la sentencia presentada por el consejero conductor del proceso y admití como probados los hechos que en esa sentencia se decían probados con documentos públicos, y no podía ser de otra manera.”
Finalmente, al término de su entrevista, reflexiona así el reconocido periodista: “Si el Consejo de Estado es tribunal de ultima instancia, es decir no hay a quien recurrir, no hay donde apelar, como se corrige la injusticia que ellos mismos están reconociendo de haber anulado su elección?” ¡Qué horror!

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